UE: compras conjuntas de gas para garantizar el suministro y limitar precios



La posibilidad de compras conjuntas de gas por parte de los estados y empresas gasistas de la Unión Europea es una de las principales medidas acordadas por la CE para contener los precios y mejorar la seguridad del suministro energético, comprometida por la guerra de Ucrania.

Por Juan Carlos Gimñenez

Tras la invasión rusa de Ucrania, de la que acaba de cumplirse un año, la Unión Europea aprobó una serie de medidas dirigidas fundamentalmente al mercado del gas, que planteaban cuatro objetivos fundamentales: reforzar la solidaridad intracomunitaria en caso de emergencia y escasez en el suministro, garantizar la coordinación para las compras conjuntas, establecer referencias fiables en cuanto a precios y limitar su volatilidad. La mayoría de los países miembros han logrado llenar sus infraestructuras de almacenamientoy garantizar el suministro durante este invierno, y las nuevas medidas consensuadas por los ministros de energía van dirigidas a lograr ese mismo objetivo de cara a la próxima temporada invernal.

La herramienta fundamental que nació de este pacto energético europeo es la posibilidad de compras conjuntas por parte de los estados y de las empresas gasistas de la Unión, pero no solo de ésta: las operaciones de compra conjunta están abiertas también a países vecinos, como Serbia, Ucrania o Moldavia.

De esta forma, aunando parte de la demanda europea, se refuerza su posición a la hora de acudir a los mercados mundiales, al tiempo que se evita el incremento de los precios en dichos mercados debido a la puja entre Estados miembros. Los socios europeos han excluido explícitamente el gas ruso del nuevo mecanismo de compra conjunta.

Siguiendo los términos del acuerdo, tanto las empresas de gas como las consumidoras de este hidrocarburo deberán presentar sus necesidades en materia de importación. A partir de aquí, Bruselas contratará a un proveedor de servicios que deberá encargarse de estimar la demanda conjunta y buscar las mejores ofertas para satisfacer esa demanda. A finales de enero, la Comisión Europea decidió encargar la gestión de esta futura central de compra conjunta a PRISMA, una plataforma que conecta 20 mercados y más de 3.000 empresas.

TRASLADO A LAS EMPRESAS DEL SECTOR

Las autoridades europeas quieren lanzar cuanto antes las operaciones para facilitar el llenado de la infraestructura de almacenamiento de gas de los Veintisiete. La decisión ha sido trasladada al grupo de asesores de Bruselas, entre los que figuran las compañías españolas Repsol y Naturgy, así como otros grandes operadores europeos como TotalEnergies, Eni, Galp, BP, Enel o EDP. El objetivo es lograr mejores precios en los mercados internacionales partiendo de un significativo incremento en el volumen de las operaciones.

El compromiso alcanzado en noviembre por los ministros de Energía incluye la exigencia a las empresas gasistas de cada Estado miembro para que recurran al proveedor de servicios -PRISMA, tras la mencionada decisión del Ejecutivo de Bruselas- para incluir en la demanda conjunta al menos el 15 % de sus respectivas obligaciones de llenado de depósitos correspondientes a 2023 (que suman alrededor de 13.500 millones de metros cúbicos para el conjunto de la UE). Más allá de ese porcentaje, la agregación de demanda sería voluntaria. Algunas fuentes señalan a una cifra objetivo total de 20-25 mil millones de metros cúbicos.

El nuevo Reglamento sobre medidas para contener los precios y asegurar el suministro también incluye disposiciones para aumentar la transparencia de las licitaciones y las compras de gas, con la obligación de que las empresas notifiquen por adelantado a la Comisión y a los Estados miembros si tienen previsto comprar más de 5 TWh/año (algo más de 500 millones de metros cúbicos).

En cuanto a las normas relativas a la organización y participación en las operaciones de compra conjunta, las tareas de PRISMA como proveedor de servicios incluyen una cláusula de proporcionalidad para garantizar la igualdad de trato entre empresas grandes y pequeñas.

PRECIOS ESTABLES Y PREVISIBLES

El Reglamento pone bajo la responsabilidad de la Agencia para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) la tarea de elaborar una nueva referencia de precios complementaria, que servirá para establecer precios estables y previsibles para el gas natural, y que deberá estar disponible en marzo de 2023.

Y es que muchos contratos de suministro a clientes de la UE están indexados a la principal bolsa europea de gas, el mecanismo de transferencia de títulos (TTF, por sus siglas en inglés), una plataforma virtual para las transacciones de esta fuente de energía, y que es la principal referencia para fijar el precio en los contratos mayoristas y minoristas. La nueva referencia es necesaria debido a que el TTF ya no refleja con precisión el precio de las transacciones de GNL en los países de la Unión.

La nueva normativa europea introduce asimismo un límite de precio para las transacciones realizadas en el mismo día por a través del TTF. Este mecanismo de gestión de la volatilidad busca evitar fluctuaciones excesivas durante un mismo día de negociación, una tarea de la que se encargará la Agencia Europea de Valores y Mercados (ESMA). Este mecanismo de gestión de la volatilidad se establecerá para todos los derivados sobre materias primas relacionados con la energía.

El Reglamento incluye también medidas de solidaridad complementarias para el caso de que se puedan producir situaciones de escasez en el suministro de gas. De esta forma, los Estados miembros podrán reducir el consumo no esencial de gas de los clientes protegidos para garantizar el abastecimiento a los servicios e industrias esenciales. El consumo esencial de los clientes protegidos (como la calefacción interior en hogares, escuelas y hospitales) se garantizará en todas las circunstancias, y cada país tendrá libertad para definir lo que constituye un “consumo de gas no esencial”. En este mismo ámbito de la solidaridad, la nueva normativa amplía las posibilidades de solicitar la asistencia de otros Estados cuando esté en riesgo garantizar el volumen de gas necesario para el sistema eléctrico de un país miembro. Para los socios europeos que disponen de instalaciones de GNL, el Reglamento establece una serie de normas para compartir gas en caso de emergencia real.

ANTICIPARSE AL PRÓXIMO INVIERNO

Apenas un mes después de la aprobación del nuevo Reglamento relativo a medidas de emergencia para contener los precios de la energía y garantizar el suministro, la Comisión Europea convocó a las 32 empresas que participarán en la plataforma de compras conjuntas de gas en la Unión Europea, entre ellas las españolas Mibgas, Naturgy y Repsol. La reunión se planteó con el objetivo de acelerar la puesta en marcha de la nueva normativa. El vicepresidente del Ejecutivo comunitario, el eslovaco Maroš Šefčovič, anunció para principios de primavera las primeras ofertas de suministro, y la conclusión de la primera compra conjunta para antes del verano.

La intención de Bruselas es que las compras conjuntas sean operativas cuando concluya la temporada más fría del año y se inicie la fase de llenado de la infraestructura europea de almacenamiento de gas. Se trata de que los depósitos de la UE se encuentren en su máxima capacidad de cara al invierno de 2023- 2024, que se anuncia más problemático que el precedente.

Según estimaciones de la Agencia Internacional de la Energía (AIE), la Unión Europea podría afrontar el próximo invierno un déficit potencial de unos 30.000 millones de metros cúbicos (30 bcm) de gas natural el próximo año.

MANDATO DEL CONSEJO EUROPEO

Las nuevas medidas destinadas a convertir a la Unión Europea en un interlocutor con voz propia e intereses comunes en los mercados internacionales del gas son una consecuencia directa del conflicto bélico entre Rusia y Ucrania. Un conflicto en torno al cual el Consejo Europeo -integrado por la presidencia de la Comisión y la de los 27 Estados miembros- emitió sus conclusiones en su reunión de octubre de 2022.

En el apartado concreto de la cuestión energética -una de las más afectadas a escala internacional tras el estallido del conflicto-, el Consejo acordó que “han de acelerarse e intensificarse los empeños por reducir la demanda, garantizar la seguridad del suministro, evitar los racionamientos y disminuir los precios de la energía para los hogares y las empresas en toda la Unión, y que debe preservarse la integridad del mercado único”.

La alta institución europea apostó por “las compras conjuntas voluntarias de gas y la aceleración de las negociaciones con socios fiables para buscar asociaciones mutuamente beneficiosas aprovechando el peso comercial colectivo de la Unión”. También reclamó “un nuevo valor de referencia complementario para principios de 2023 que refleje con mayor precisión las condiciones del mercado del gas”, así como “una horquilla dinámica temporal de precios en las transacciones de gas natural para limitar de manera inmediata los episodios de precios excesivos”.

Las conclusiones aprobadas por el Consejo Europeo también reivindicaban “mejoras en el funcionamiento de los mercados de la energía para aumentar la transparencia, aliviar las tensiones de liquidez y eliminar los factores que amplifican la volatilidad de los precios del gas”, y defendían “medidas de solidaridad energética en caso de que se produzcan perturbaciones en el suministro de gas a escala nacional, regional o de la Unión”.

MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EN ESPAÑA

En la misma línea de objetivos que persigue el nuevo Reglamento europeo, el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 30 de enero una Orden Ministerial para regular el cumplimiento de la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de gas. De esta manera, el plazo ha pasado de 20 a 27,5 días de cara a la próxima temporada de llenado, que podría acarrear previsibles tensiones debido a la restricción del volumen de gas ruso en los países europeos.

La Orden Ministerial hace referencia al Real Decretoley 6/2022, de 29 de marzo, aprobado en el marco del Plan Nacional de respuesta a la guerra en Ucrania, que aumentó la obligación de mantener existencias mínimas de seguridad. Esta norma introdujo una nueva clasificación, pasando 10 días a tener carácter estratégico, movilizables por el Gobierno; otros 10 días pasaron a ser existencias mínimas operativas del sistema, movilizables por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico; y 7,5 días de existencias mínimas operativas de los usuarios.

La nueva normativa traslada la exigencia europea en cuanto al nivel mínimo de llenado de los depósitos de gas, y la complementa con la obligación a los usuarios españoles en cuanto al mantenimiento de existencias mínimas de seguridad en función de la demanda firme.

La medida del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico se ha aprobado coincidiendo con la existencia de varios expedientes abiertos por la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) a operadores que incumplieron presuntamente estas obligaciones de seguridad. La medida del Ministerio abre la puerta a que el porcentaje de almacenamiento obligatorio pueda cumplirse también con el volumen de gas natural licuado (GNL) almacenado en las plantas de regasificación.