Se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea del 23/11/2022, un Reglamento por el que se establece la trayectoria de llenado con objetivos intermedios para 2023 de cada Estado miembro que disponga de instalaciones de almacenamiento subterráneo de gas en su territorio y directamente interconectadas a su área de mercado.
El Reglamento define los objetivos intermedios para febrero, mayo, julio y septiembre de 2023 para aquellos Estados miembros que dispongan de almacenamiento subterráneo en su territorio.
En el caso de España, los objetivos intermedios para 2023 de llenado son:
59% para el 1 de febrero
62% para el 1 de mayo
68% para el 1 de julio
76% para el 1 de septiembre.