Reservas de gas en España: así se gestionan



La preocupación por el aseguramiento en el suministro de gas viene constituyendo un problema recurrente en los países más desarrollados, y singularmente en Europa, desde comienzos de siglo. Crisis diplomáticas, incrementos de los precios y hasta tormentas invernales especialmente virulentas han puesto de manifiesto que algunos gigantes industriales tienen su punto flaco en el abastecimiento de energía primaria. España, que importa la práctica totalidad del gas que consume, cuenta a su favor con una privilegiada ubicación geoestratégica, junto a una buena infraestructura de puertos y plantas de almacenamiento. Y con la corporación Cores, que contribuye a garantizar el mantenimiento de las reservas y el control de las existencias en materia de hidrocarburos.

Por Juan Carlos Giménez

Históricamente, España siempre ha sido un país altamente deficitario en cuanto a fuentes de energía primarias, y en consecuencia dependiente del exterior. Importa la práctica totalidad del petróleo y el gas natural que consume, y de ahí la importancia estratégica de mantener reservas de hidrocarburos. Al objeto de prevenir la interrupción de actividades esenciales en caso de un corte inesperado del suministro, como fue el caso de la crisis del petróleo de 1973.

Las primeras medidas legales de cara a crear dichas reservas se remontan a hace casi un siglo -1927- en el caso de los productos petrolíferos, y a 1998 en el caso del gas natural. A ello se añade las obligaciones derivadas de la pertenencia e España a la Agencia Internacional de la Energía (AIE), que se creó precisamente en 1974 para afrontar el desabastecimiento en los países de la OCDE tras la crisis en Oriente Medio del año precedente. La AIE se constituyó con el objetivo de garantizar el suministro de hidrocarburos, y estableció una obligación de mantenimiento de reservas de crudo o productos petrolíferos en un mínimo de 90 días de importaciones netas. Un nivel que, por cierto, ya era de obligado cumplimiento en España.

En el ámbito continental, la entonces Comisión Económica Europea emitió una directiva en 1968 -la 68/414/CEE- que obligaba a los Estados miembros (entre los que aún no se encontraba España) a mantener un nivel mínimo de reservas de al menos 65 días de consumo. Esta norma se fue modificando, y actualmente establece la misma obligación en cuanto a plazos que la AIE.

Ya en el ámbito interno, no fue hasta 1995 cuando se creó la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (Cores), entidad prevista en una ley aprobada tres años antes. Cores es una entidad de derecho público sin ánimo de lucro, tutelada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que actúa en régimen de Derecho Privado. En diciembre de 2013, Cores fue designada también Entidad Central de Almacenamiento, y en sus órganos de gobierno están representados tanto la Administración como el sector petrolífero y el del gas natural.

Miembros de Cores

Todos los operadores al por mayor de productos petrolíferos y gases licuados del petróleo, así como los comercializadores de gas natural, son miembros de Cores desde la fecha de inicio de su actividad. Y todos sus miembros están obligados al mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, y a financiar las actividades de la corporación en función de sus ventas o consumos. Además de los miembros de Cores, también los distribuidores al por menor y los grandes consumidores de productos petrolíferos y GLP, así como consumidores directos en el mercado de gas natural, están obligados al mantenimiento de existencias mínimas y al pago de cuotas.

La labor de Cores se dirige a garantizar la seguridad de suministro de hidrocarburos, mediante el mantenimiento de reservas y el control de las existencias que mantiene la industria. Y aquí se incluyen tanto los productos petrolíferos como los gases licuados del petróleo (GLP) y el gas natural. La corporación es también agente estadístico en el sector de hidrocarburos.

Concretamente en el sector del gas natural, Cores tiene asignadas funciones de control del cumplimiento de la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad. Además, también en el ámbito de la seguridad de suministro y como actividad diferencial respecto a otras entidades europeas similares, contribuye a garantizar una adecuada diversificación de los suministros de gas natural en España, controlando que los aprovisionamientos no excedan del porcentaje establecido de un mismo país de origen. Este tope está actualmente en el 50%, si bien la cuota del exportador número uno hacia España (Argelia) no rebasa actualmente el 27%.

La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y el Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, por el que se regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, la diversificación de abastecimiento de gas natural y la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos, son actualmente el marco legal fundamental en esta materia.

Existencias mínimas de seguridad

La obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de gas natural en España asciende actualmente a 20 días de ventas o consumos firmes en el año natural anterior. Deben ser mantenidas en su totalidad por los sujetos obligados, y en todo momento en los cuatro almacenamientos subterráneos disponibles: Gaviota, en la costa de Vizcaya; Serrablo, en Huesca; Yela, en Guadalajara; y Marismas, en Huelva. Cores como tal no mantiene existencias estratégicas.

Los sujetos obligados al mantenimiento de estas existencias mínimas son los comercializadores de gas natural y los consumidores directos en el mercado (por la parte de sus consumos firmes no suministrada por un comercializador). En caso de necesidad, la movilización de las existencias de seguridad corresponde exclusivamente al Gobierno.

En cuanto a los gases licuados del petróleo (GLP), la obligación de disponer de existencias mínimas de seguridad asciende igualmente a 20 días de las ventas o consumos computables, que deben ser mantenidas en todo momento y en su totalidad por los sujetos obligados: operadores al por mayor, empresas comercializadoras al por menor (por la parte no suministrada por los operadores al por mayor) y consumidores (por la parte no suministrada por los operadores al por mayor y los comercializadores al por menor).

Se pueden mantener existencias en forma de materia prima hasta un 40% de la obligación. Pero, para ello, las empresas deben disponer de un coeficiente de transformación de materia prima a producto aprobado por el Ministerio para la Transición Ecológica.

Cumplimiento de obligaciones

Una de las actividades de Cores es el control del cumplimiento de estas obligaciones en cuanto a existencias mínimas de gas natural. En este sentido, el reto es para adaptarse al nuevo entorno, caracterizado por un número creciente de sujetos obligados, combinado con un importante aumento en la casuística y variedad de sus operaciones. De modo que se requiere una adaptación y renovación progresiva, un incremento en la frecuencia de las inspecciones y una reducción de los tiempos de ejecución de cada expediente.

La normativa española establece la posibilidad de mantener reservas de gas natural en otros Estados miembros, si bien es preceptiva la existencia previa de un acuerdo bilateral con el país de que se trate a la hora de contabilizarlas como existencias mínimas de seguridad fuera del territorio español. El Real Decreto 1716/2004, por el que se regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, la diversificación de abastecimiento de gas natural y la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos, establece en su artículo 18 que el Ministerio de Industria está facultado para autorizar el cumplimiento de la obligación “con producto que se encuentre almacenado en otro Estado miembro de la UE”, siempre que el acuerdo bilateral garantice el mantenimiento de las condiciones de competencia, asegure la disponibilidad de las existencias y no suponga perjuicio para la seguridad del abastecimiento nacional”:

De cara al mantenimiento de reservas de otros países, España cuenta con una situación geoestratégica privilegiada, con acceso a los principales mercados europeos por tierra y mar, lo que le convierte en una opción con claras ventajas frente a otros países. Además, el sistema logístico español es en su conjunto uno de los más eficientes y flexibles del mundo: su amplia cobertura geográfica, junto a las interconexiones de gasoductos con Europa y con el Norte de África, así como su disponibilidad de puertos e instalaciones de almacenamiento, representan características diferenciales.

Más reservas en el Plan Invernal de este año

Adicionalmente, y como consecuencia de la actual coyuntura (alto precio del gas, cierre del gasoducto Magreb-Europa, tensiones en los países por donde transita el gas ruso con destino a Europa…), el Ministerio de Transición Ecológica decidió en septiembre modificar el Plan Invernal -que no se actualizaba desde 2017- y obligar a los agentes del sector gasista a incrementar más de un 20% sus reservas para enero, pasando de los 3,5 días que estaban vigentes a 4,5. El ministerio impuso también 1,5 días para noviembre; 2,5 días para diciembre; 3,5 días en febrero y 1,5 días para marzo.

La nueva normativa se mantendrá en GNL para evitar los problemas de capacidad de extracción vividos enero de 2021 durante el paso de la borrasca Filomena. La medida aleja el riesgo de cortes de suministro, y podría suavizar la tensión de precios en el mercado mayorista de electricidad. Este año el riesgo es muy superior, con las reservas europeas de gas bajo mínimos, lo que augura mayor competencia por el suministro a través de buques gaseros.