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He alquilado un piso ¿qué debo hacer para contratar y dar de alta el suministro de gas?
Si el anterior titular no ha dado de baja el suministro de gas, usted deberá ponerse en contacto con su empresa suministradora para cambiar la titularidad del contrato a su nombre. Los documentos que necesitará son: el NIF, tarjeta de residencia o pasaporte, la última lectura del contador, una factura de gas y sus datos bancarios para la domiciliación.
Si el anterior titular ha dado de baja el suministro, usted podrá darlo nuevamente de alta contactando con su empresa suministradora. Los documentos que necesitará son: el NIF, tarjeta de residencia o pasaporte, contrato de alquiler y sus datos bancarios para la domiciliación.
Tengo una casa en propiedad que quiero alquilar ¿qué tengo que hacer respecto al suministro y facturas de gas?
Si cuando Usted deje la vivienda no ha dado de baja el suministro de gas, en caso de impago y como titular del contrato, tiene la obligación legal de abonar la factura. Por tanto es muy recomendable que dé siempre de baja el gas o de que se asegure subrogar el contrato al nuevo inquilino. En este caso, será el inquilino el que deberá dar de baja el suministro y proceder de nuevo al alta a su nombre como nuevo titular del contrato.
Es muy conveniente que antes del cambio de nombre compruebe, junto con su inquilino, la lectura del contador en el momento del traspaso para informar a su compañía y que ésta pueda ajustar la facturación correspondiente al consumo de cada titular.
Es importante también que tenga en cuenta que cuando tramite la solicitud de baja de suministro de gas, ésta no será efectiva hasta que un técnico pase a realizar la lectura de cierre y precinte el contador, por lo tanto, deberá solicitar la baja con tiempo suficiente para poder facilitar el acceso al técnico. Tras el precintado el suministro recibirá una última factura a su nombre.
Me he comprado un piso ¿qué debo hacer con el suministro de gas?
La vivienda puede tener ya la instalación de gas natural. En este caso debe contratar el suministro. Para ello un técnico inspeccionará su Instalación Receptora Individual (IRI) para asegurase que cumple la normativa vigente y su correcto funcionamiento. En el caso de que así sea, el técnico en el mismo momento dejará la instalación lista para su utilización y emitirá el certificado que lo acredita.
Cuando el operario se persone en su casa usted deberá presentar los siguientes documentos: NIF; pasaporte o permiso de residencia; certificado de la instalación individual de gas; certificado de instalación térmica, en caso de tener calefacción a gas; licencia de 1ª ocupación o cédula de habitabilidad, y documento que vincule al titular con la vivienda (escrituras o contrato de compraventa).
En el caso de que su vivienda no poseyera todavía una instalación de gas deberá solicitar un nuevo suministro.
Si la vivienda posee ya una instalación de gas, pero no está dado de alta el suministro, un técnico inspeccionará su Instalación Receptora Individual (IRI) para asegurase que cumple la normativa vigente y su correcto funcionamiento. En el caso de que así sea, el técnico en el mismo momento dejará la instalación lista para su utilización y emitirá el certificado que lo acredita.
La documentación que necesitará tener a mano es la siguiente: NIF; pasaporte o permiso de residencia; certificado de la instalación individual de gas; certificado de instalación térmica, en caso de tener calefacción a gas, y documento que vincule al titular con la vivienda (escrituras o contrato de compraventa).
En el caso de que no disponga de instalación de gas deberá contactar con la empresa para realizar un nuevo suministro.