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Actualidad

31/03/2023

La Comisión Europea extiende el Mecanismo de Corrección de Mercado a otros hubs gasistas

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La Comisión Europea ha adoptado hoy normas técnicas para ampliar el Mecanismo de Corrección del Mercado (MCM) a los derivados vinculados al comercio de gas en todos los hubs de la UE. La medida se ha adoptado para proporcionar un blindaje aún más amplio frente a los precios altos y volátiles del gas. Según lo previsto en el Reglamento MCM (2022/2578), que promulgaba normas centradas únicamente en el mercado de futuros del gas vinculado al TTF holandés, el reglamento de aplicación adoptado hoy establece los detalles técnicos relativos a la aplicación del MCM a los derivados vinculados a otros puntos de negociación virtuales de la UE. Esta decisión será de aplicación a partir del 1 de mayo de 2023 para dar tiempo suficiente a las empresas afectadas, que gestionan los puntos virtuales de negociación distintos del TTF, a realizar los ajustes necesarios.

La ampliación del MCM más allá del TTF tiene como propósito mejorar la protección del mercado único al contribuir a evitar posibles distorsiones en los mercados energéticos y financieros europeos, que podrían producirse como consecuencia del arbitraje en un escenario en el que el MCM siguiera aplicándose únicamente a los derivados del TTF.

Con el objetivo de evitar precios excesivamente altos y perturbaciones perjudiciales del mercado en el futuro, el reglamento MCM entró en vigor el 15 de febrero de 2023. Sin embargo, el reglamento original sólo regulaba las órdenes cursadas para los derivados TTF, que representan más del 90% de los derivados del gas natural negociados en los mercados regulados de la UE. Esto se debió a la urgente necesidad de garantizar la protección de los ciudadanos y las empresas de la UE. Dado el panorama volátil e imprevisible del mercado del gas natural de la UE en la actualidad, para la CE era imperativo que el MCM pueda aplicarse ahora a los derivados vinculados a los demás centros virtuales de negociación.

Como medida de emergencia acordada en virtud del artículo 122 de TFUE, el MCM es un mecanismo temporal que sólo se aplica hasta enero de 2024.

A principios del mes de marzo, la CE propuso prorrogar también el Reglamento de emergencia para la reducción coordinada de la demanda de gas. Esta propuesta fue respaldada y adoptada por el Consejo esta semana.

 

Más información sobre el MCM aquí.